Con la vuelta al cole y a la rutina, muchas personas se preguntan qué opciones tienen para conciliar su vida laboral y personal. Aunque el marco legal va mejorando muy lentamente, todavía sigue habiendo confusión sobre qué permisos existen, cuáles están pagados y cómo se solicitan.
Desde 2023, cada persona trabajadora tiene derecho a un permiso parental de hasta 8 semanas para cuidar de sus hijos menores de 8 años.
¿Lo bueno?
Es individual e intransferible (cada progenitor puede disfrutarlo).
Puede ser continuo o fraccionado.
Se puede pedir a jornada completa o parcial.
¿Lo no tan bueno?
A día de hoy, no está retribuido.
Es decir, si lo tomas, no cobras salario durante ese tiempo.
Aunque la normativa europea exigía que este permiso fuese remunerado desde agosto de 2024, España aún no lo ha implementado de forma generalizada. Ha habido algunas sentencias aisladas que han reconocido su retribución (sobre todo para empleados públicos), pero no es la norma.
PERMISO POR NACIMIENTO Y CUIDADO DEL MENOR
Existen varios permisos vinculados al cuidado familiar que sí incluyen retribución, al menos parcialmente. Estos son los más relevantes:
🟢 PERMISO POR NACIMIENTO Y CUIDADO DEL MENOR
Duración: 19 semanas (desde julio de 2025). Aquí te contamos en profundidad las novedades de este permiso.
Retribución: 100 %.
Quién puede pedirlo: madres, padres o personas adoptantes.
Detalle:
6 semanas obligatorias tras el nacimiento.
11 semanas flexibles hasta los 12 meses del menor.
2 semanas adicionales retribuidas, que pueden usarse hasta que el menor cumpla 8 años. Estas 2 semanas también pueden solicitarlas las madres y padres de hijos nacidos a partir del 2 de agosto de 2024.
Retribución: 100 %.
Aplica a familiares hasta segundo grado o convivientes.
Retribución: parcial (proporcional a la reducción de jornada).
Puede solicitarse mientras dure la necesidad.
Retribución: 100 %.
Retribución: 100 %.
Por situaciones urgentes que requieran tu presencia inmediata (enfermedad súbita, accidente de un hijo, etc.).
Retribución: sí, hasta el límite legal.
Aunque cada empresa puede tener sus propios formularios, hay reglas generales que debes seguir:
Avisar con antelación suficiente (por escrito).
Aportar documentación acreditativa: certificados médicos, libro de familia, justificantes, etc.
La empresa solo puede denegarlo si demuestra que existe perjuicio organizativo grave —y debe justificarlo formalmente.
💡 Consejo: guarda copia de todo lo que entregues y pide acuse de recibo. Mejor prevenir que discutir en RRHH.
Muchas empresas emergentes aún están poniéndose al día en temas de conciliación. Puede que no tengan procesos formalizados, pero la ley se aplica igual. Incluso si no tienes sindicato o comité de empresa, tus derechos están protegidos.
En entornos donde el equipo es reducido, puede que conciliar implique una conversación abierta con dirección. Pero recuerda: conciliar no es pedir un favor, es ejercer un derecho.
Permiso | ¿Retribuido? | Duración | Observaciones |
---|---|---|---|
Permiso parental (hijos < 8 años) | ❌ No | 8 semanas | Flexible, pero sin salario |
Nacimiento y cuidado del menor | ✅ Sí | 19 semanas | Desde julio 2025 |
Hospitalización / enfermedad de familiar | ✅ Sí | 5 días | Para convivientes o familiares cercanos |
Reducción de jornada por cuidados | ✅ Parcial | Indefinida | Cobro proporcional |
Fuerza mayor familiar | ✅ Sí | 4 días/año | Incluye emergencias escolares |
Matrimonio o pareja de hecho | ✅ Sí | 15 días |
La conciliación ha avanzado, pero no al ritmo que muchas familias necesitan. El permiso parental de 8 semanas es un paso en la buena dirección, pero al no estar retribuido, sigue siendo inaccesible para muchas personas.
Mientras tanto, otros permisos sí permiten combinar empleo y cuidados sin renunciar a ingresos, y conviene conocerlos bien. Porque conciliar no debería ser un lujo, sino una parte natural de la vida laboral.
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2 respuestas
Muy útil esta guía!! muchas gracias!!!
Gracias, Jana 🤎