Con la campaña de la Renta 2024 (correspondiente al ejercicio fiscal de 2024, y que se presenta en 2025) en marcha, muchas madres trabajadoras se preguntan si pueden beneficiarse de la deducción por maternidad. Esta deducción es una ayuda fiscal destinada a madres trabajadoras con hijos menores de 3 años. En este artículo te explicamos en qué consiste, quién puede solicitarla, cómo aplicarla en tu declaración y qué diferencias existen entre comunidades autónomas.
La deducción por maternidad es una ayuda económica que pueden aplicar las madres trabajadoras en su declaración de la renta, con un máximo de 1.200 euros anuales por cada hijo menor de 3 años. Esta deducción se puede aplicar de dos formas:
Mensualmente (anticipadamente): a razón de 100 €/mes si se solicita a través de la Agencia Tributaria.
Anualmente: al presentar la declaración de la renta.
Además, desde la reforma introducida en 2023 (que afecta ya a la Renta 2024), se amplía el derecho a esta deducción a las madres en situación de desempleo, así como a aquellas con contrato a tiempo parcial o con ingresos procedentes de actividades económicas.
Para beneficiarse de esta deducción, se deben cumplir estos requisitos:
Ser madre de un hijo menor de 3 años (biológico o adoptado).
Estar dada de alta en la Seguridad Social o mutualidad durante algún período del ejercicio.
Realizar una actividad por cuenta propia o ajena (empleo o autónoma).
El hijo debe tener residencia en España.
Aunque la deducción por maternidad es de carácter estatal, algunas comunidades autónomas ofrecen deducciones adicionales compatibles con la estatal. Aquí te resumimos las principales diferencias en 2024:
Deducción adicional de hasta 200 € por nacimiento o adopción.
Compatible con la estatal si se cumplen ciertos límites de renta.
Hasta 300 € adicionales por cada hijo menor de 3 años en familias numerosas o monoparentales.
Deducción de 600 € anuales por hijo nacido o adoptado durante los tres primeros años de vida.
Compatible con la estatal y sin límites de renta en la mayoría de los casos.
Deducción por gastos de guardería no cubierta por la deducción estatal: hasta 1.000 €.
Deducción autonómica por nacimiento de hasta 360 € en el primer hijo y más en caso de segundo o tercero.
Importante: Consulta siempre el portal tributario de tu comunidad autónoma o acude a un asesor fiscal para confirmar si puedes aplicar estas deducciones y en qué condiciones.
Si no solicitaste el abono anticipado, puedes incluir la deducción en el apartado de “Deducciones por maternidad” al hacer tu declaración con Renta WEB. El sistema te calcula automáticamente la parte proporcional a la que tienes derecho según el tiempo trabajado.
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2 respuestas
Hola! La deducción autonómica se suma a la estatal? O es una o otra? merciii
¡Hola, Berta! Sí, las deducciones de cada comunidad autónoma son compatibles con la deducción estatal. Cualquier duda que tengas, aquí estamos. ¡Gracias!