Ayudas a empresas de la Comunidad de Madrid para la conciliación

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En la Comunidad de Madrid hay un programa de ayudas que funciona en dos líneas: una para fomentar la implantación de la responsabilidad social en los autónomos y en las pequeñas empresas y una segunda para fomentar la conciliación de la vida laboral, familiar y personal a través de incentivos económicos para el fomento del teletrabajo y de la flexibilidad horaria.

En el caso de la conciliación, la 2a línea comprende: 

a) Incentivos económicos para el fomento del teletrabajo, incluida la compra de equipamiento electrónico cuando haya sido necesario para realizarlo.  

b) Incentivos económicos para el fomento de la flexibilidad horaria, proporcionales a la jornada laboral del trabajador.

¿Quién puede solicitar la ayuda?

    1. Los trabajadores autónomos o por cuenta propia, dados de alta en el régimen que corresponda de la Seguridad Social o mutualidad del Colegio Profesional correspondiente, sean o no a su vez miembros de sociedades civiles, de comunidades de bienes, o socios de sociedades mercantiles.

    1. Las pequeñas empresas, así como las sociedades civiles con personalidad jurídica, de hasta 50 trabajadores, y un volumen de negocio y balance general igual o inferior a 10 millones de euros.

Las ayudas consisten en:

    • 2.500€ por trabajador que pueda optar a medidas de teletrabajo o flexibilidad laboral. El máximo es de 4 personas.

    • Cada empresa puede acceder hasta 2.500€ adicionales para cubrir el 75% del coste del equipamiento para poder trabajar como portátiles, pantalla, móvil…

    • Cada empresa puede percibir un importe máximo de 12.500€.

¿Cuáles son los requisitos para obtener las ayudas?

    • Los acuerdos de flexibilidad deben estar activos durante al menos 1 año.

    • Los beneficiarios deben tener una jornada de al menos un 75% de una jornada completa.
 
 

Para más información, accede a la página oficial de la Comunidad de Madrid

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En la Comunidad de Madrid hay un programa de ayudas que funciona en dos líneas: una para fomentar la implantación de la responsabilidad social en los autónomos y en las pequeñas empresas y una segunda para fomentar la conciliación de la vida laboral, familiar y personal a través de incentivos económicos para el fomento del teletrabajo y de la flexibilidad horaria.

En el caso de la conciliación, la 2a línea comprende: 

a) Incentivos económicos para el fomento del teletrabajo, incluida la compra de equipamiento electrónico cuando haya sido necesario para realizarlo.  

b) Incentivos económicos para el fomento de la flexibilidad horaria, proporcionales a la jornada laboral del trabajador.

¿Quién puede solicitar la ayuda?

  1. Los trabajadores autónomos o por cuenta propia, dados de alta en el régimen que corresponda de la Seguridad Social o mutualidad del Colegio Profesional correspondiente, sean o no a su vez miembros de sociedades civiles, de comunidades de bienes, o socios de sociedades mercantiles.
  2. Las pequeñas empresas, así como las sociedades civiles con personalidad jurídica, de hasta 50 trabajadores, y un volumen de negocio y balance general igual o inferior a 10 millones de euros.

Las ayudas consisten en:

  • 2.500€ por trabajador que pueda optar a medidas de teletrabajo o flexibilidad laboral. El máximo es de 4 personas.
  • Cada empresa puede acceder hasta 2.500€ adicionales para cubrir el 75% del coste del equipamiento para poder trabajar como portátiles, pantalla, móvil…
  • Cada empresa puede percibir un importe máximo de 12.500€.

¿Cuáles son los requisitos para obtener las ayudas?

  • Los acuerdos de flexibilidad deben estar activos durante al menos 1 año.
  • Los beneficiarios deben tener una jornada de al menos un 75% de una jornada completa.

Para más información, accede a la página oficial de la Comunidad de Madrid: https://www.comunidad.madrid/servicios/empleo/ayudas-personas-trabajadoras-autonomas-emprendedoras-entidades-economia-social